miércoles, 30 de mayo de 2012

“ACUERDO MAYO 2012 EMPLEADOS DE COMERCIO”




     1)    Otorgar un aumento salarial equivalente al 24% no remunerativo de aplicación no acumulativo..

a)     Un 15% a partir de Mayo de 2012.
b)    Un   9% a partir de Noviembre de 2012.

Sobre las sumas que resulten del incremento previsto, se aplicará  el presentismo del art. 40 del CCT 130/75 

2)     Este incremento se calculará sobre:

a)     Las remuneraciones básicas de convenio de actividad correspondiente a los básicos  Abril 2012 correspondiente a la  categoría de cada trabajador.

b)    Para el caso de los trabajadores con jornada parcial, los incrementos establecidos en los puntos 1) y 2) se abonarán en forma proporcional a la jornada pactada.

3)     Los incrementos que se otorgan deberá ser tomados en cuenta para los  siguientes rubros:

a)     Los adicionales fijos previstos en el  CCT. 130/75.
b)    Enfermedades inculpables (art. 208 y ss LCT).
c)     Licencias por Accidentes de trabajo o enfermedades profesionales (Ley 24557)
Conforme lo estipulado por el art. 6º del Decreto 1694/09.
d)    Vacaciones anuales devengadas del año 2012.
e)     Sueldo anual complementario y horas extras
f)      Licencias por maternidad prevista en el art. 177 y cctes. LCT.
g)    Rubros indemnizatorios.
A los importes indicados en los rubros mencionados se les adicionará también como asignación no remunerativa, una suma equivalente al presentismo del art. 40 CCT 130/75.
Todo ello mientras las sumas no remunerativas mantengan tal carácter.

El presente acuerdo colectivo tendrá vigencia desde el 1ª de Mayo de 2012 hasta el 30 de Abril del 2013.

Por única vez se retendrá la suma de $100,00 en el mes de Mayo 2012, para ser depositada a la orden de OSECAC.

4)     DESCUENTOS: de todos los rubros No remunerativos únicamente de
a)     OBRA Social (3%)
b)    Faecys (0,5)
c)     Fondo Asistencial y Social (2%)
d)    Cuota Sindical (2%).

Queda establecido que el 15% pasa a formar parte del básico a partir del mes Noviembre /2012 y el 9% pasa a formar parte del básico a partir del mes Mayo/2013.

Mas allá del acuerdo salarial, “Una Comisión Permanente de Negociación Colectiva, se abocará al tratamiento de los siguientes temas”:
     
c)     A propuesta del sector sindical:        
1)     Adicional por prestaciones de tareas en el día domingo.
2)     Tratamiento del adicional establecido en el Art. 20 CCT Nº 130/75.
3)     Trabajadores tercerizados.
4)     Tiempo parcial y jornada reducida.
5)     Tareas especializadas.
     
d)    A propuesta de la representación empresaria:
1)     Instrumentación del presentismo.
2)     Licencias por estudios.

lunes, 28 de mayo de 2012

Comercio: conozca las 10 claves del acuerdo salarial que toca el bolsillo de más de un millón de empleados


El Sindicato Empleados de Comercio (SEC) que lidera Armando Cavalieri y las cámaras empresarias de la actividad firmaron el acuerdo salarial para más de un millón de trabajadores, que consiste en una recomposición salarial del 24 por ciento, a abonarse en dos tramos.
El gremio y las entidades empresarias cerraron la negociación en el Ministerio de Trabajo, con la presencia del titular de la cartera, Carlos Tomada, y la viceministra de Trabajo, Noemí Rial, luego de llegar a un arreglo de palabra y realizar más de diez reuniones por fuera de la cartera laboral, a raíz de las diferencias que surgieron en torno a puntos que habían quedado pendientes desde el año pasado.
"Estamos satisfechos", dijo a iProfesional.com, el presidente de la Cámara de Comercio,Carlos de la Vega, quien señaló que los acuerdos "son buenos cuando los empresarios suponen que han dado mucho y los trabajadores piensan que les han dado poco".
Ahora resta que el documento sea homologado en los próximos días, según confiaron tanto sindicalistas como empresarios. El convenio fue firmado por el sindicato, la Cámara de Comercio (CAC), la Cámara de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentina (UdECA).
Si bien Cavalieri reclamaba inicialmente un 27% de incremento, en el gremio no se mostraron disconformes con el resultado. Pero, a diferencia del empresariado, reconocieron "presiones"desde el Gobierno para no cerrar por una cifra superior. "Todas las negociaciones (de este año)están complicadas. A veces mantener lo que tenés, no es fácil", señaló un integrante de la paritaria.
Con esta paritaria, se cierra el acuerdo de mayor cobertura en cantidad de trabajadores y en línea con las recientes negociaciones de los metalúrgicos y los bancarios, que obtuvieron porcentajes de incremento similares. En todos los casos, acordaron subas inferiores a las obtenidas el año pasado, en un contexto en el que el Gobierno fijó una pauta salarial en torno al 21%.
En efecto, el año pasado la discusión salarial en Comercio había cerrado con una suba del 30 por ciento, en tres cuotas.
Éstas son las claves para saber los alcances del nuevo marco acordado:
1. ¿De cuánto es el aumento?
Es del 24% y se otorgará en dos cuotas no acumulativas. La primera es de un 15%, retroactivo al 1 de mayo, que se establece en forma no remunerativa hasta el 31 de diciembre de 2012. La segunda, que es de un 9%, regirá a partir del 1 de noviembre hasta el 30 de abril de 2013.
El carácter no remunerativo de las subas implica que no estarán sujetas al aporte de cargas sociales, mientras no sean incorporadas al salario.
El Ministerio de Trabajo tenía previsto eliminar en 2011 esta modalidad de pago, pero durante este año se han firmado varios convenios de este tipo.
Asimismo, se aplicará un incremento por grossing up una vez que las mejoras de mayo y noviembre sean incorporadas al salario, para compensar los mayores aportes que deberá realizar el empleado y que el sueldo de bolsillo sea el mismo.
2. ¿Cómo se liquida?El aumento se registrará en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación "Acuerdo Mayo 2012".
En el caso de que quedara pendiente la homologación del convenio y vencieran los plazos previstos para el pago de los incrementos, las empresas abonarán las sumas devengadas con la mención de "Pago Anticipo a Cuenta del Acuerdo Colectivo Mayo 2012", los que quedarán reemplazados y compensados por los rubros correspondientes, una vez homologado el acuerdo.
3. ¿Cuál es la base de cálculo?Al igual que el año pasado, el aumento salarial se calculará sobre las escalas salariales de convenio (130/75) vigentes en el mes de abril 2012. En dicho período, el básico de la categoría más baja (maestranza A) alcanzaba los $3.267 de bolsillo y $4,058 en bruto.
Para el cálculo del incremento, también podrán considerarse todas aquellas subas ajenas al convenio (a cuenta de futuros aumentos) que hayan sido otorgadas antes del 1 de mayo del 2011. En cambio, las subas de carácter general, sectorial o individual otorgados por los empleadores desde esa fecha en adelante, podrán ser absorbidos o compensados.
4. ¿Cuál es el sueldo que percibirán los empleados?
Los empleados de la categoría inicial (maestranza A) cobrarán $3.842 en mano y $4.667 en bruto con la primera cuota de mayo, según la liquidación realizada por María Natalia Garriga, gerente de Tax & Legal de KPMG, y Valeria Trerotola, senior de Tax & Legal de la misma firma.
Y, hacia fin de año, cuando se abone la segunda cuota y se incorpore al salario el incremento previo, los mercantiles de la categoría más baja percibirán $4.187 de bolsillo y 5.138 pesos en bruto.

De este modo, los empleados de comercio que recién se inician recibirán unos 1000 pesos a lo largo de todo el año.
Los cálculos no incluyen la antigüedad, el presentismo -ítems que elevan el salario- ni el descuento extraordinario para la obra social del presente acuerdo.

5. ¿A quiénes alcanza el acuerdo?
La recomposición salarial contempla a los empleados encuadrados en el convenio colectivo que se desempeñan a jornada completaPara el caso del personal que realiza tareas discontinuas, a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida, el básico resultante será proporcional a la jornada laboral cumplida.
6. ¿Cómo se consideran los adicionales y otros rubros?La equivalencia al presentismo (8,33%) y el pago del aguinaldo se abonarán sobre los montos no remunerativos pactados. En el caso de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario, se pagará en forma proporcional por mayo y junio.
Al igual que el año pasado, los incrementos que se otorgan, mientras mantengan su condición de no remunerativos, deberán ser tenidos en cuenta para el pago de adicionales fijos previstos en convenio colectivo, enfermedades inculpablesvacaciones anuales devengadas a partir del año 2012, horas extras y, este año, se incorporan los feriados.
Pero las subas no impactarán en la antigüedad, hasta tanto no sean incorporadas al salario básico.
7. ¿Cómo se aplica en supermercados, negocios y otras tiendas?El acuerdo "recomienda" a aquellas empresas que liquidan suplementos y/o adicionales fijos y permanentes, por encima de los establecidos en el convenio, que procuren negociar durante el presente año su adecuación, teniendo en cuenta como referencia los nuevos incrementossalariales.
Con esta cláusula, se apunta a que se mantengan las diferencias de sueldos en aquellas compañías donde las remuneraciones parten de un piso superior al básico de convenio, como ocurre en las grandes cadenas comerciales.
8. ¿Qué ítems quedan pendientes de negociación?Las partes acordaron constituir una comisión para el tratamiento de los temas que quedaron sin resolver desde el acuerdo firmado en 2011 y que son considerados los más "conflictivos".
Desde el sector sindical se reclama discutir el adicional por prestaciones de tareas durantelos domingos, ya que el gremio señala que las empresas chicas no lo pagan como horas extras, mientras que desde las cámaras indican que no tienen la obligación de hacerlo.
El otro punto que demanda discutir el sindicato es la actualización del beneficio por zona fría o desfavorable, establecido por convenio, para aquellos empleados que se desempeñan en Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego. En la actualidad, se han acordado aumentos sectoriales por provincia, pero la idea del gremio es modificar el porcentaje del convenio colectivo, fijado en 1975.
También exigen la regulación del trabajo tercerizado y ajustar el adicional de las cajeras que el año pasado cobraron una suma especial fija anual de $3.840, dividida en cuotas iguales de liquidación mensual. Asimismo, buscan que la jornada de los empleados de caja se reduzca a 36 horas y se paguen 44, por considerarlo trabajo intensivo.
En tanto, los empresarios proponen analizar la instrumentación del presentismo y las licencias por estudios. En el primer caso, aducen que no está establecidas con precisión las condiciones para perder el adicional por asistencia. Y en el segundo, las cámaras buscanrestringir el uso de dichas licencias, que en la actualidad puede ser acumuladas y utilizarse durante el período vacacional.
9. ¿Hay que hacer aportes extraordinarios a la obra social?
Al igual que el año pasado, se estableció el pago de un aporte por única vez de $100 con destino a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles, que se descontará exclusivamente a los trabajadores.
10. ¿Cómo se abordará el tema de la salud laboral?
Por último, se convino en el marco de la negociación colectiva llevar adelante la concertación de un comité de higiene, seguridad y prevención en materia de riesgos del trabajo específico.
Noticia de Infobae Profesional 28-05-12

Aumento del 24% para los empleados de comercio


lunes, 21 de mayo de 2012

Ganó Bogado en Steck Electric

Elección en Steck Electric, ganó Bogado Andrés 9 a 8 a Marcheta Gabriela

SECLA pidió adelanto de paritarias en las siguientes empresas de Lanús Avellaneda

WAL MART ARGENTINA S.A. (AV. GUEMES 861 - AVELLANEDA)
WAL MART ARGENTINA S.A. (AUT. BS. AS.- LA PLATA KM. 09 SARANDI)
COTO SUCURSAL 75               ( B. RIVADAVIA 2602 LANUS)
GARBARINO S.A.I.C.I.            ( AV. GUEMES 861 AVELLANEDA)
GARBARINO S.A.I.C.I.            (9 DE JULIO 1243 LANUS)
INC. S.A. "CARREFOUR"          (AV. PERON 299 - AVELLANEDA)
INC. S.A.CARREFOUR EXPRESS(H. YRIGOYEN  4435 - LANUS)
JUMBO RETAIL ARG. "VEA 031( H. YRIGOYEN 6141- R. DE ESCALADA)
JUMBO RETAIL ARG. "EX DISCO 20"( H. YRIGOYEN 4174 - LANUS)
CENCOSUD S.A. "easy"         ( AUT. BS. AS.-LA PLATA KM.9 SARANDI)
ROBERTO PEREZ E HIJO S.A. ( AV. BELGRANO 3075 - SARANDI)
RIVAS CARLOS ALBERTO   ( H. YRIGOYEN 6646 - R. DE ESCALADA)
CENSIMA S.A.I.C.   (CNO. GRAL BELGRANO 5748 - WILDE)
CENCOSUD S.A. "easy" ( LIMAY 898 - AVELLANEDA)
JOSIMAR S.A.  ( F. AMEGHINO  734 - AVELLANEDA)
 
Avellaneda, ….de Mayo de 2012



A
Directivos de
………………………….
S.      /            D.



De nuestra mayor consideración:

                                                           Como Secretario de Asuntos Laborales del Sindicato Empleados de Comercio de Lanus- Avellaneda, junto con el/los Delegado/os de la Sucursal ………………….., solicitamos tenga a bien otorgar la suma de $600,00 (seiscientos)  a cada trabajador, a cuenta de las paritarias que se iniciaron en el transcurso del mes.

                                                           El motivo de este pedido es la negociación salarial vencida en el mes de Abril del cte. año.

                                                           Dicha suma ha de ser percibida en concepto de “Futuros aumentos”, garantizando de este modo la paz y tranquilidad a todos los empleados de vuestra Empresa, considerando así el empeño, esfuerzo y colaboración brindado por los trabajadores.

                                                           Esperando una respuesta satisfactoria a nuestro pedido, saludamos cordialmente.

                                                          
                                                          

viernes, 18 de mayo de 2012

Comercio firmaría acuerdo salarial del 24% la próxima semana

Las pretensiones del Gobierno de que los aumentos salariales de este año tengan un techo cercano al 20% empiezan a esfumarse. El Sindicato de Comercio y la Asociación Bancaria acordaron ayer aumentos salariales del 24% y del 24,5%, respectivamente. Por las cifras y la cantidad de trabajadores que involucran, probablemente ambas paritarias terminen sirviendo de referencia para el resto de los gremios que aún deben negociar sus subas salariales. Armando Cavalieri, secretario general del Sindicato de Comercio, comentó anoche a Clarín que el 24% de aumento que tendrán el 1.048.000 de empleados mercantiles será en dos cuotas, la primera del 15% en mayo y la restante del 9% en octubre. Los porcentajes no son acumulativos. El básico actual de convenio es de $4.058 y con el aumento se incrementará a $5.011. El presidente de la Cámara Argentina de Comercio, Carlos De la Vega, aclaró que el acuerdo por ahora “es solo verbal. Aún falta redactarlo”. Las negociaciones se llevaron a cabo en el sindicato y en la cámara patronal, es decir fuera del ámbito del Ministerio de Trabajo. Está previsto que el próximo lunes las partes vuelvan a reunirse para avanzar en la redacción del acuerdo. Entre distintos gremios circula hace rato la versión de que el Ministerio de Trabajo no está dispuesto a homologar acuerdos salariales que sean mayores a las pretensiones del Gobierno. Pero ayer Cavalieri y De la Vega se mostraron confiados en que la cartera laboral homologará sin problemas este acuerdo. Es más: el sindicalista contó que el ministro de Trabajo Carlos Tomada y a estaba “al tanto” del acuerdo y que lo va a “homologar sin poner ningún reparo”.
Noticia de Clarín Web 18-05-2012