miércoles, 3 de diciembre de 2008

CARTA DOCUMENTO DEL S.E.C.L.A A WAL MART POR EL PREMIO "BONO GANAR"

"En carácter de Secretario General del Sindicato de Empleados de Comercio de Lanús y Avellaneda y en representación de los delegados de personal del establecimiento de Guemes 861 de la localidad de avellaneda partido del mismo nombre. El objeto de la presente es tomar conocimiento de si el empleador ha dado cumplimiento a la obligación del Art. 25 de la ley 25877 consistente en la elaboración de un balance social único con el contenido expresión que el art 5. 26 de dicha ley fijan.
Dicho balance tiene como objeto coadyuvar a la toma de decisiones por las partes ajustadas a la realidad de la actividad o empresa. De igual manera el acceso a la información constituye una avanzada del proceso de democratización de la empresa, dando elementos de ciudadanía a los trabajadores. En cuanto al interés concreto, en razón de la defensa de los intereses patrimoniales de los trabajadores que representamos. En razón de la percepción anual periódica del rubro denominado “bono ganar” es que resulta necesario conocer la forma de determinación de los requisitos que hacen a su adquisición y la forma y elementos tomados en cuenta para su determinación en cuanto monto y escala. En razón que a priori pareciera tratarse de un una suma remunerativa regulada en los términos de los arts. 109 y 110 de la LCT, la representación de los trabajadores se encuentra legitimada a requerir la información suficiente y ejercer el control de la misma, para determinar la correcta determinación del monto y su distribución ajustada a los principios de ley.
Queda en consecuencia debidamente intimada a dar cumplimiento a la ley, bajo apercibimiento de peticionar lo solicitado por la vía judicial indicada."

miércoles, 26 de noviembre de 2008

ACTA DEL MINISTERIO DE AVELLANEDA : SECLA CONTRA ELECTRA POR DESPIDOS

Cde. Expte. n° 21506-16984/08


En la ciudad de Sarandí, a los 25 de Noviembre del 2008, se presentan ante este Ministerio de Trabajo de la Pcia de Bs As. Delegación Regional de Avellaneda, previamente citados por ante mi funcionaria actuante. Por la parte Gremial lo hacen por SECLA GUSTAVO FERNANDEZ en carácter de Secretario de Asuntos Laborales y los Dres. MARIA SOLEDAD SUAREZ Y GERARDO GABRIEL JUARA todos con personería acreditada ante esta autoridad de aplicación . Por la parte demandada lo hace por ELEKTRA DE ARGENTINA SA los Sr. GUSTAVO JACOBO STAROSTA con DNI n° 23205504 quien adjunta copia de poder a los autos y quien declara bajo júramento que se encuentra vigente a la fecha.------------------------------------

Abierto el acto y en uso de la palabra la parte gremial manifiesta que: Pese haber alcanzado el viernes próximo pasado una solución al conflicto derivado de los despidos discriminatorios y la practica antisindical de la empresa ( Consistentes en advertencias verbales de su personal jerárquico hacia los trabajadores en razón del acercamiento al sindicato) el día sábado pasado el empleador incumplió, negando el ingreso de los trabajadores despedidos, causa eficiente y formal del conflicto existente en cuestión. A raíz del mismo la organización sindical mantiene el conflicto y las medidas que fueron resueltas en asamblea de trabajadores y solicita se intime al empleador a dejar sin efecto los actos que ha realizado en violación a la Ley 23551 y la Ley antidiscriminatoria . Como manifestara el letrado de la empleadora la naturaleza política de su acción ( “ Políticamente esos chicos no me sirven”) alcanza para otorgar al conflicto la calificación que se pretende . Esta Organización sindical comunica su decisión de mantener e incrementar las medidas directas y hacer directamente responsable al empleador por las consecuencias dañosas que para las partes y para terceros se deriven de los intentos de impedir o entorpecer el libre ejercicio sindical . igual reserva de responsabilidad formulamos sobre la Administración Publica en la medida en que resuelva sin dar cumplimiento a la debida tutela del Orden publico Laboral y la Paz social.

En uso de la palabra la parte Empleadora manifiesta que: Niego todos y cada uno de los dichos manifestado por la parte gremial , en especial haber alcanzado el viernes pasado una solución al conflicto planteado, que los despidos hayan sido producto de discriminación antisindical , niego advertencias gremiales por parte del personal jerárquico por parte del acercamiento sindical, niego haber incumplido acuerdo el sábado , niego existencia de causal eficiente y formal, niego violar a la Ley 23551 niega que el conflicto tenga naturaleza política niega haber manifestado “políticamente esos chicos no me sirven”. Ratifica los despidos , niega existencia de conflicto colectivo . Formula reserva de derecho. Y atento a los términos que se manifestó la entidad gremial solicita en este acto se aplique la Conciliación Obligatoria . Así mismo manifiesta que solicita releva de prestar tareas a los dos trabajadores despedidos Pérez y Figón durante el lapso del plazo de vigencia de la conciliación .---------------------------

En uso de la palabra la parte gremial manifiesta que: En atención a la notoria carencia fáctica de la negativa formal de la empleadora entendemos hallarnos relevados de cualquier manifestación sobre la misma. En orden a la petición que esta realiza del dictado de un acto administrativo que resuelva conciliar obligatoriamente a las partes , solicitamos se le otorgue al mismo el efecto de retrotraer la situación de las relaciones laborales colectivas e individuales al estadio previo anterior al hecho causante del conflicto . En cuanto a la particular forma de la solicitud nos oponemos a cualquier autorización administrativa que releve al empleador de cumplir con su debito de ocupación por este constituye el punto esencial de la causa eficiente denunciada. La alteración de las condiciones de prestación individual implican de suyo el incumplimiento del efecto retroactivo . Conceder al pedido del empleador implica una contradicción en los términos que la lógica del acto administrativo no consiente . Por ultimo atento a que el pedido del empleador se formula con “ Reserva de derechos” resulta necesario por la extrañeza de los términos, ajenos a la naturaleza del acto administrativo , se requiera del peticionante su aclaración , a fin de evitar nulidades, pues esta parte entiende que el acto debe dictarse de modo loso y llano sin condicionalidades.
En uso de la palabra la parte empleadora manifiesta que: En honor a la brevedad se remite a lo manifestado mas arriba.
Visto el estado de las actuaciones se gira el presente a la Oficina de Accesoria Letrada para su consideración.- Pasando a un cuarto intermedio.

lunes, 24 de noviembre de 2008

CARTA DOCUMENTO ENVIADA A FALABELLA CMR

"En mi carácter de Secretario de Asuntos Laborales del Sindicato de Empleados de Comercio de Lanús y Avellaneda, en el marco de representación de los trabajadores personal de su establecimiento y en ejercicio de mi mandato, habiendo tomado conocimiento que la empresa ha incurrido en diversos incumplimientos al convenio colectivo 130/75 al tiempo que ha procedido a la rescisión y modificación en las condiciones de trabajo de los trabajadores.

Tal situación amerita la adopción de medidas de naturaleza sindical.

Pese a ello, es intención de esta organización gremial que previo a toda acción se intente un acercamiento con el empleador a fin de tomar ambas partes un cabal conocimiento de las razones del diferendo y se agoten las vías de negociación tendientes a una solución acordada del mismo.

Por ello solicito a usted se comunique a la brevedad a esta sede sindical y designe representante, para realizar las acciones de negociación antes indicadas.

Sin otro particular"

Telegrama enviado por el SECLA a CMR Falabella por las irregularidades en el local que está ubicado en el Alto Avellaneda .


SECLA CONTRA MEGATONE EN LANUS

La empresa Megatone firmó un acta con el SECLA el día 19 de Noviembre en Ministerio de Trabajo delegación Lanús ( exp. 21523-16031/08 ) donde se comprometía a no realizar despidos en forma injustificada hasta el 31 de Diciembre del corriente año . Por el gremio participó el sec. gremial Gustavo Fernández y la Dra . María Soledad Suarez , por la empresa el el Sr. Alejandro Czupil

SECLA LLEVO AL MINISTERIO DE TRABAJO A MEGATONE

El Sindicato de Empleados de Comercio de Lanús y Avellaneda citó al Ministerio de Trabajo delegación Avellaneda a la empresa de electrodomésticos Megatone por distintos incumplimientos e irregularidades que se están dando en el local como ser la compensación por feriado trabajado con un franco y no pagar las horas trabajadas de ese día , descuentos arbitrarios en los recibos de sueldo por faltante de mercaderías y la acreditación en forma correcta del pago de las comisiones ya que hasta el momento la empresa no explica como paga dicho adicional . En principio Megatone tomó vista del reclamo y solicito nueva audiencia para el 03 de Diciembre a las 12 hs . Por el gremio participaron el Sec. Gremial Gustavo Fernández y el delegado de la sucursal Luis Sobre y por la empresa el Sr. Alejandro Zupil . Exp : 21506 - 16865/08

lunes, 17 de noviembre de 2008

SI EL GOBIERNO NO ACUERDA CON LAS EMPRESA LA C.G.T AVANZARIA CON LA LEY PARA FRENAR LOS DESPIDOS

En perfecta sintonía con su jefe Hugo Moyano, Héctor Recalde defendió los reclamos que la CGT reactivó en las últimas horas, en medio de advertencias al Gobierno.
El abogado de la central obrera y diputado kirchnerista, que responde directamente a Moyano, advirtió que, si la estrategia desplegada por la Casa Rosada para contener los despidos y suspensiones registrados en los últimos días falla, la CGT concentrará toda su energía en impulsar el proyecto de ley con el que pretende frenar el impacto del cimbronazo económico en el nivel de empleo.
"Si el Gobierno no logra los acuerdos que estamos esperando con las empresas, vamos a avanzar con la ley para frenar despidos, no tenga duda", fue la tajante respuesta de Recalde en declaraciones a lanacion.com sobre el tema.
Atentos. Aunque destacó que las conversaciones iniciadas por el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, con empresarios le parece una "primera etapa acertada", advirtió que, si no se producen avances concretos, la CGT no piensa quedarse de brazos cruzados.
"Claro que para evitar despidos lo más prudente es llegar a acuerdos y no tener que sancionar una ley, pero si esto no se logra, el siguiente paso va a ocurrir en el Congreso", aseguró Recalde.
El abogado también justificó las demandas de la CGT y lo hizo con una fuerte embestida contra el sector empresario. Sobre al reactivado reclamo de pago de una suma extraordinaria de 500 pesos a fin de año, Recalde fue tajante. Consideró que "si el Gobierno cree que es fundamental sostener la demanda, entonces tiene que dar poder adquisitivo al salario".
Responsabilidad. En igual tono de advertencia, evaluó que también las empresas "tienen que hacer su aporte" para paliar el impacto de la debacle internacional en la Argentina. "Hay empresas que tuvieron rentabilidad enorme y que tienen que colaborar con el peso de la crisis", arremetió.
En ese grupo ubicó a la telefonía y a la actividad financiera. Pero apuntó específicamente contra el sector automotriz, justamente uno de los que ha implementado suspensiones y adelantamiento de vacaciones. "Más allá de la crisis, mantiene una rentabilidad récord, por lo que no se entiende que fábricas que hasta ahora trabajaban las 24 horas los siete días de la semana estén suspendiendo gente", disparó.
No se detuvo allí. "Hay algo que está muy de moda pero que al final nadie cumple que es esto de la responsabilidad social empresaria. Es hora de que algunos demuestren que la tienen".
En esta línea, señaló que "hay muchas instancias previas a las suspensiones" como la reducción de la jornada laboral.
Recalde trabaja por estas horas en el detalle del proyecto de ley que le encargó Moyano. Tal como informó
LA NACION, la iniciativa contempla la "imposibilidad de despedir sin causa justificada" y el pago de doble indemnización. "Incluso podría ser triple", indicó Recalde.
Además, el proyecto incluirá una cláusula de retroactividad para lo que el abogado llamó "los despidos por si acaso", en alusión al personal que fue dejado cesante sin causa, siempre según Recalde, aún antes de que estallara la crisis financiera.
INFORMACIÓN DE LA NACION.COM 17-11-2008 // 18 HS

LA SECRETARIA DE LA MUJER INFORMA


La Secretaria de la Mujer y la Juventud del SECLA a cargo de la Cra. Mariana López incorporó una opción más a la entrega del ajuar por nacimiento de los hijos de nuestros afiliados . A lo que podían elegir nuestro compañeros afiliados que era : 1 - Opción Cuna ( acolchado , sabanas , funda mochila y bolso ) , 2 - Opción Baño ( bañera , toallón con capucha , oleo calcáreo y plato para la papilla ) se le agrego la opción 3 que es la entrega de pañales que consta de 98 pañales chicos , 96 pañales medianos y 80 pañales grandes , beneficio que se accede presentando fotocopias del carnet de afiliado , último recibo de sueldo , DNI del titular y del niño/a .