El SECLA firmó convenio con Norauto donde se establecieron nuevas categorías (ya que los jefes que estaban fuera de convenio, y, a partir del 1 de Octubre pasaran a estar dentro del convenio 130/75, estos trabajaran 8 horas y todo lo que se exceda pasará a ser horas extras ádemas de cobrar los domingos trabajados y porcentajes completos de los aumentos de paritarias), la antiguedad pasó de 1,2 a 1,6, los trabajadores de 32 horas semanales tendran un tiempo de 2 años como máximo en esa jornada y a partir de ahí podra solicitar la jornada de 48 horas y la empresa debera conceder esa jornada horaria, para el adicional de caja que es el 9% del básico se le deberá computar el adicional norauto, el refrigerio pasó de $170 a $220 quedando la empresa subir este valor en el mes de marzo 2012.
martes, 27 de septiembre de 2011
Machado acordó con Norauto una suba en el porcentaje de la antiguedad
En la localidad de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, a los 27 días del mes de Setiembre de 2011, se reúnen por una parte el Sr. Pablo Sarsua, Documento Nacional de Identidad 30.053.780, y Agustín Ianiero Documento Nacional de Identidad 21.441.895, Delegados Gremiales de Centro 657 – Alto Avellaneda y Centro 651 de Parque Comercial Avellaneda, ambos del Sindicato de Comercio y el Sr. Gustavo Fernández, Documento Nacional de Identidad 21.532.929 Secretario de Asuntos Laborales, en representación del Sindicato de Comercio Zona Lanús y Avellaneda; y por la otra el Sr. Mariano Pérez Mateos, Documento Nacional de Identidad 24.516.618, como representante de la empresa Norauto Argentina SA, a los efectos de celebrar la presente acta de acuerdo salarial y de categorías comprensiva para todos los trabajadores encuadrados en el CCT 379/99E. En virtud de ello expresan:
Que la Empresa y la Representación Sindical se reunieron para tratar la adecuación de las categorías establecidas en el CCT 379/99E a las necesidades laborales actuales y su correspondiente ordenamiento salarial.
Que es necesario establecer un ordenamiento de las categorías que permitan establecer incentivos a la formación permanente de los trabajadores y permita una coherente evolución de su salario en relación a sus conocimientos y desempeño.
Luego de un intercambio de opiniones, y en virtud de lo mencionado precedentemente ambas partes acuerdan:
• Modificar el artículo 12 del CCT 379/99E estableciendo -en base a las Categorías Generales enunciadas en el CCT antes referenciado- las Nuevas Categorías aplicables, quedando el mismo de la siguiente forma:
Categorías Generales Nueva Categorías CCT 379/99E
Auxiliar A Auxiliar de Montaje Inicial
Auxiliar A Auxiliar de Montaje Inicial 2
Auxiliar A Auxiliar de Montaje Inicial 3
Auxiliar B Auxiliar de Montaje Confirmado/a 1
Auxiliar B Auxiliar de Montaje Confirmado/a 2
Auxiliar B Auxiliar de Montaje Confirmado/a 3
Auxiliar B Auxiliar Montaje Experto/a 1
Auxiliar B Auxiliar Montaje Experto/a 2
Auxiliar B Auxiliar Montaje Experto/a 3
Auxiliar C Encargado/ Inicial
Auxiliar C Encargado/Confirmado 1
Auxiliar C Encargado/ Confirmado 2
Auxiliar C Encargado/ Experto
Auxiliar C Jefe /Inicial
Auxiliar C Jefe /Confirmado 1
Auxiliar C Jefe/Confirmado 2
Auxiliar C Jefe/Experto
Cajero A Cajero/a Inicial 1
Cajero A Cajero/a Inicial 2
Cajero B Cajero/a Confirmado/a 1
Cajero B Cajero/a Confirmado/a 2
Cajero C Cajero/a Experto/a 1
Cajero C Cajero/a Experto/a 2
Vendedor A Vendedor/a Inicial 1
Vendedor A Vendedor/a Inicial 2
Vendedor A Vendedor/a Inicial 3
Vendedor B Vendedor/a Confirmado/a 1
Vendedor B Vendedor/a Confirmado/a 2
Vendedor B Vendedor/a Confirmado/a 3
Vendedor C Vendedor/a Experto/a 1
Vendedor C Vendedor/a Experto/a 2
Vendedor C Vendedor/a Experto/a 3
Vendedor D Supervisor/Inicial
Vendedor D Supervisor/confirmado
Vendedor D Supervisor/Confirmado/1
Vendedor D Supervisor/Experto
• Modificar la descripción del artículo 13 del CCT 379/99E, quedando el mismo redactado de la siguiente forma:
Auxiliar de Montaje Inicial: Es aquel/la empleado/a que con oficio y/o conocimiento y/o práctica realiza tareas de ejecución, mantenimiento, montaje de mercaderías que hacen al giro de la empresa y/o su transporte mediante la utilización de medios mecánicos. En el Nivel Inicial estará encuadrado/a aquel/lla trabajador/a desde su ingreso en la empresa hasta completar las siguientes certificaciones: Autorradio, Baterías, Circulo del Método, Lubricentro, Neumáticos, Servicios de Taller.
Las partes acuerdan que los trabajadores que ingresen a la empresa en la categoría Inicial 1 permanecerán en la misma hasta cumplir con el período de prueba que establece la Ley de Contrato de Trabajo en su art. 92bis. Cumplido dicho período, el trabajador pasará automáticamente a la categoría siguiente (Auxiliar de Montaje Inicial 2).
Auxiliar de Montaje Confirmado: Es aquel/la empleado/a que haya cumplido el nivel anterior (Inicial) y que además se certifique en Frenos, Alineación, Amortiguadores, Tren delantero y Transporte.
Auxiliar de Montaje Experto: Es aquel/la empleado/a que haya cumplido los niveles anteriores y que además se certifique en Inyección Electrónica, Electricidad, Correa de Distribución, Embragues y Recambio de Parabrisas.
Cajero/a inicial: Es aquel/la empleado/a afectada/o a las cobranzas en el establecimiento de las operaciones de contado y crédito, mediante la recepción de dinero en efectivo y/o conversión de valores y/o tarjetas de crédito.
Las partes acuerdan que los trabajadores que ingresen a la empresa en la categoría Inicial 1 permanecerán en la misma hasta cumplir con el período de prueba que establece la Ley de Contrato de Trabajo en su art. 92bis. Cumplido dicho período, el trabajador pasará automáticamente a la categoría siguiente (Cajero/a Inicial 2).
Cajero/a Confirmado/a: Es aquel/la empleado/a que cumple la tarea de cobrar operaciones de contado y/o crédito y además desempeñe tareas administrativas afines o no a su función de cajero/a.
Cajero/a Experto/a: Es aquel/la empleado/a que además de las funciones de Cajero/a Confirmado/a secunda a los Jefes de Sector en caso de necesidad.
Vendedor/a Inicial: Es aquel/la empleado/a que ingresa a la empresa en el área de Ventas para la comercialización de los productos de la empresa. Estarán en la categoría inicial hasta completar el primer nivel de formación que establece la empresa, el cual consiste en estar certificado en Neumáticos, Baterías, Audio, Aceites y Atención al Cliente.
Las partes acuerdan que los trabajadores que ingresen a la empresa en la categoría Inicial 1 permanecerán en la misma hasta cumplir con el período de prueba que establece la Ley de Contrato de Trabajo en su art. 92bis. Cumplido dicho período, el trabajador pasará automáticamente a la categoría siguiente (Vendedor Inicial 2).
Vendedor/a Confirmado/a: Es aquel/la empleado/a del área de ventas que por su nivel de formación y desempeño esté certificado en el Nivel Inicial en forma completa y además se certifique en productos o servicios más avanzados como Servicios de Taller, Tren Delantero, Transporte, Alarmas, Frenos y Amortiguadores.
Vendedor/a Experto/a: Es aquel/la empleado/a que habiendo completado todas las formaciones posibles en la empresa, y por su grado de desempeño, esté en formación para ser Supervisor del Sector.
Los trabajadores que actualmente están en la Empresa quedarán encuadrados en la Categoría que corresponda al salario que actualmente estén percibiendo, no debiendo significar este nuevo ordenamiento de categorías ninguna baja en lo percibido por cada colaborador. Si del traspaso quedaran diferencias respecto a las categorías acordadas, las mismas siempre deberán ser interpretadas a favor del trabajador.
• En base a las categorías y tareas referenciadas precedentemente, se establece un acomodamiento del salario bruto el cual se instrumentará de forma progresiva de acuerdo a la incorporación de los actuales montos no remunerativos establecidos en los acuerdos firmados entre la FAECYS y las cámaras del sector, quedando dicho ajuste totalizado al mes de abril de 2012, tal como constan en el Anexo I del presente. El Adicional Norauto es un monto adicional a los salarios básicos establecidos por la FAECYS para aquellos trabajadores de Norauto que cumplan con las características enunciadas en las descripciones de puestos citadas precedentemente, siendo discrecional de Norauto el encuadramiento en el nivel 1, 2 o 3 de cada categoría, tomando como parámetro el desempeño alcanzado por cada colaborador.
1. Las partes acuerdan aumentar el Adicional Antigüedad, actualmente de 1,2% del Básico por año de antigüedad, a 1,6% del Básico de cada categoría por año de antigüedad. Dicha modificación será realizada a partir del 1º Octubre 2011.
2. Se establece que el personal con una antigüedad mayor a 2 años, con contrato de 32 hs., podrá solicitarle a la empresa y esta deberá otorgarle el contrato de 48hs. En caso de que el trabajador prefiera continuar su relación con un contrato de 32hs. por motivos personales, podrá hacerlo sin perder el derecho a solicitarlo más adelante.
3. Modificación del art. 19 del Convenio C.C.T.379/99: el adicional Cajas del 9% de la remuneración básicas, más el adicional Norauto de la categoría en la cual se desempeñe el trabajador.
4. La Empresa se compromete a partir de los Haberes Abril/2012 aumentar tanto los básicos como los adicionales “Norauto”, conforme a los aumentos que se firmen en el C.C.T. 130/75.
En virtud de los aumentos sostenidos de precios, la representación sindical plantea la necesidad de adecuar el monto que actualmente abona la empresa como Refrigerio. Luego de un intercambio de opiniones, las partes acuerdan en que el nuevo monto de Refrigerio será de $220 (doscientos veinte pesos).- No Remunerativos para el personal que trabaja 48hs por semana y su proporcional en los casos de trabajadores que lo hagan en jornada reducida. Este incremento se realizará a partir de los salarios del mes de Octubre de 2011. Por este punto las partes se volverán a reunir en el mes de Marzo 2012.
Que la Empresa y la Representación Sindical se reunieron para tratar la adecuación de las categorías establecidas en el CCT 379/99E a las necesidades laborales actuales y su correspondiente ordenamiento salarial.
Que es necesario establecer un ordenamiento de las categorías que permitan establecer incentivos a la formación permanente de los trabajadores y permita una coherente evolución de su salario en relación a sus conocimientos y desempeño.
Luego de un intercambio de opiniones, y en virtud de lo mencionado precedentemente ambas partes acuerdan:
• Modificar el artículo 12 del CCT 379/99E estableciendo -en base a las Categorías Generales enunciadas en el CCT antes referenciado- las Nuevas Categorías aplicables, quedando el mismo de la siguiente forma:
Categorías Generales Nueva Categorías CCT 379/99E
Auxiliar A Auxiliar de Montaje Inicial
Auxiliar A Auxiliar de Montaje Inicial 2
Auxiliar A Auxiliar de Montaje Inicial 3
Auxiliar B Auxiliar de Montaje Confirmado/a 1
Auxiliar B Auxiliar de Montaje Confirmado/a 2
Auxiliar B Auxiliar de Montaje Confirmado/a 3
Auxiliar B Auxiliar Montaje Experto/a 1
Auxiliar B Auxiliar Montaje Experto/a 2
Auxiliar B Auxiliar Montaje Experto/a 3
Auxiliar C Encargado/ Inicial
Auxiliar C Encargado/Confirmado 1
Auxiliar C Encargado/ Confirmado 2
Auxiliar C Encargado/ Experto
Auxiliar C Jefe /Inicial
Auxiliar C Jefe /Confirmado 1
Auxiliar C Jefe/Confirmado 2
Auxiliar C Jefe/Experto
Cajero A Cajero/a Inicial 1
Cajero A Cajero/a Inicial 2
Cajero B Cajero/a Confirmado/a 1
Cajero B Cajero/a Confirmado/a 2
Cajero C Cajero/a Experto/a 1
Cajero C Cajero/a Experto/a 2
Vendedor A Vendedor/a Inicial 1
Vendedor A Vendedor/a Inicial 2
Vendedor A Vendedor/a Inicial 3
Vendedor B Vendedor/a Confirmado/a 1
Vendedor B Vendedor/a Confirmado/a 2
Vendedor B Vendedor/a Confirmado/a 3
Vendedor C Vendedor/a Experto/a 1
Vendedor C Vendedor/a Experto/a 2
Vendedor C Vendedor/a Experto/a 3
Vendedor D Supervisor/Inicial
Vendedor D Supervisor/confirmado
Vendedor D Supervisor/Confirmado/1
Vendedor D Supervisor/Experto
• Modificar la descripción del artículo 13 del CCT 379/99E, quedando el mismo redactado de la siguiente forma:
Auxiliar de Montaje Inicial: Es aquel/la empleado/a que con oficio y/o conocimiento y/o práctica realiza tareas de ejecución, mantenimiento, montaje de mercaderías que hacen al giro de la empresa y/o su transporte mediante la utilización de medios mecánicos. En el Nivel Inicial estará encuadrado/a aquel/lla trabajador/a desde su ingreso en la empresa hasta completar las siguientes certificaciones: Autorradio, Baterías, Circulo del Método, Lubricentro, Neumáticos, Servicios de Taller.
Las partes acuerdan que los trabajadores que ingresen a la empresa en la categoría Inicial 1 permanecerán en la misma hasta cumplir con el período de prueba que establece la Ley de Contrato de Trabajo en su art. 92bis. Cumplido dicho período, el trabajador pasará automáticamente a la categoría siguiente (Auxiliar de Montaje Inicial 2).
Auxiliar de Montaje Confirmado: Es aquel/la empleado/a que haya cumplido el nivel anterior (Inicial) y que además se certifique en Frenos, Alineación, Amortiguadores, Tren delantero y Transporte.
Auxiliar de Montaje Experto: Es aquel/la empleado/a que haya cumplido los niveles anteriores y que además se certifique en Inyección Electrónica, Electricidad, Correa de Distribución, Embragues y Recambio de Parabrisas.
Cajero/a inicial: Es aquel/la empleado/a afectada/o a las cobranzas en el establecimiento de las operaciones de contado y crédito, mediante la recepción de dinero en efectivo y/o conversión de valores y/o tarjetas de crédito.
Las partes acuerdan que los trabajadores que ingresen a la empresa en la categoría Inicial 1 permanecerán en la misma hasta cumplir con el período de prueba que establece la Ley de Contrato de Trabajo en su art. 92bis. Cumplido dicho período, el trabajador pasará automáticamente a la categoría siguiente (Cajero/a Inicial 2).
Cajero/a Confirmado/a: Es aquel/la empleado/a que cumple la tarea de cobrar operaciones de contado y/o crédito y además desempeñe tareas administrativas afines o no a su función de cajero/a.
Cajero/a Experto/a: Es aquel/la empleado/a que además de las funciones de Cajero/a Confirmado/a secunda a los Jefes de Sector en caso de necesidad.
Vendedor/a Inicial: Es aquel/la empleado/a que ingresa a la empresa en el área de Ventas para la comercialización de los productos de la empresa. Estarán en la categoría inicial hasta completar el primer nivel de formación que establece la empresa, el cual consiste en estar certificado en Neumáticos, Baterías, Audio, Aceites y Atención al Cliente.
Las partes acuerdan que los trabajadores que ingresen a la empresa en la categoría Inicial 1 permanecerán en la misma hasta cumplir con el período de prueba que establece la Ley de Contrato de Trabajo en su art. 92bis. Cumplido dicho período, el trabajador pasará automáticamente a la categoría siguiente (Vendedor Inicial 2).
Vendedor/a Confirmado/a: Es aquel/la empleado/a del área de ventas que por su nivel de formación y desempeño esté certificado en el Nivel Inicial en forma completa y además se certifique en productos o servicios más avanzados como Servicios de Taller, Tren Delantero, Transporte, Alarmas, Frenos y Amortiguadores.
Vendedor/a Experto/a: Es aquel/la empleado/a que habiendo completado todas las formaciones posibles en la empresa, y por su grado de desempeño, esté en formación para ser Supervisor del Sector.
Los trabajadores que actualmente están en la Empresa quedarán encuadrados en la Categoría que corresponda al salario que actualmente estén percibiendo, no debiendo significar este nuevo ordenamiento de categorías ninguna baja en lo percibido por cada colaborador. Si del traspaso quedaran diferencias respecto a las categorías acordadas, las mismas siempre deberán ser interpretadas a favor del trabajador.
• En base a las categorías y tareas referenciadas precedentemente, se establece un acomodamiento del salario bruto el cual se instrumentará de forma progresiva de acuerdo a la incorporación de los actuales montos no remunerativos establecidos en los acuerdos firmados entre la FAECYS y las cámaras del sector, quedando dicho ajuste totalizado al mes de abril de 2012, tal como constan en el Anexo I del presente. El Adicional Norauto es un monto adicional a los salarios básicos establecidos por la FAECYS para aquellos trabajadores de Norauto que cumplan con las características enunciadas en las descripciones de puestos citadas precedentemente, siendo discrecional de Norauto el encuadramiento en el nivel 1, 2 o 3 de cada categoría, tomando como parámetro el desempeño alcanzado por cada colaborador.
1. Las partes acuerdan aumentar el Adicional Antigüedad, actualmente de 1,2% del Básico por año de antigüedad, a 1,6% del Básico de cada categoría por año de antigüedad. Dicha modificación será realizada a partir del 1º Octubre 2011.
2. Se establece que el personal con una antigüedad mayor a 2 años, con contrato de 32 hs., podrá solicitarle a la empresa y esta deberá otorgarle el contrato de 48hs. En caso de que el trabajador prefiera continuar su relación con un contrato de 32hs. por motivos personales, podrá hacerlo sin perder el derecho a solicitarlo más adelante.
3. Modificación del art. 19 del Convenio C.C.T.379/99: el adicional Cajas del 9% de la remuneración básicas, más el adicional Norauto de la categoría en la cual se desempeñe el trabajador.
4. La Empresa se compromete a partir de los Haberes Abril/2012 aumentar tanto los básicos como los adicionales “Norauto”, conforme a los aumentos que se firmen en el C.C.T. 130/75.
En virtud de los aumentos sostenidos de precios, la representación sindical plantea la necesidad de adecuar el monto que actualmente abona la empresa como Refrigerio. Luego de un intercambio de opiniones, las partes acuerdan en que el nuevo monto de Refrigerio será de $220 (doscientos veinte pesos).- No Remunerativos para el personal que trabaja 48hs por semana y su proporcional en los casos de trabajadores que lo hagan en jornada reducida. Este incremento se realizará a partir de los salarios del mes de Octubre de 2011. Por este punto las partes se volverán a reunir en el mes de Marzo 2012.
Delegados de Makro Avellaneda se reunieron con las autoridades del super
El jueves pasado después de intensas negociaciones llevadas a cabo entre las autoridades del Supermercado Mayoristas Makro y delegados de la sucursal Avellaneda Claudio Miño, Cesar Cruz y Gustavo Fernández se resolvió:
1 - Que el seguro de caja diario deberá ser de $5,00 (cinco).
2 - Que el excedente de $5,00 será descontado a fin de mes. Ej: si al cajero le faltan $4,00 (cuatro) ese faltante lo cubre la empresa, si al cajero le faltara $6,00 (seis) el mercado se hace cargo de los primeros $5,00 y al cajero le descontarían $1,00 del fallo de caja mensual.
3 - Que a los compañeros que manejan dinero en la playa de la estación de servicio cobraran el fallo de cajas como cajeros "b" , y también le adicionaran la suma acordada en paritarias retroactivo al mes de Julio.
4 - En dicha reunión el cuerpo de delegados pidió la recategorización de acuerdo a la tarea que realizan para 5 compañeros. En este punto la empresa se comprometió a dar una respuesta en los proximos días.
El cuerpo de delegados, trabajadores y el SECLA que conduce el Cro. Orlando Machado no aceptará una categoría inferior a la que tienen actualmente
2 - Que el excedente de $5,00 será descontado a fin de mes. Ej: si al cajero le faltan $4,00 (cuatro) ese faltante lo cubre la empresa, si al cajero le faltara $6,00 (seis) el mercado se hace cargo de los primeros $5,00 y al cajero le descontarían $1,00 del fallo de caja mensual.
3 - Que a los compañeros que manejan dinero en la playa de la estación de servicio cobraran el fallo de cajas como cajeros "b" , y también le adicionaran la suma acordada en paritarias retroactivo al mes de Julio.
4 - En dicha reunión el cuerpo de delegados pidió la recategorización de acuerdo a la tarea que realizan para 5 compañeros. En este punto la empresa se comprometió a dar una respuesta en los proximos días.
El cuerpo de delegados, trabajadores y el SECLA que conduce el Cro. Orlando Machado no aceptará una categoría inferior a la que tienen actualmente
viernes, 23 de septiembre de 2011
Nota de los delegados de Josimar para sus compañeros de trabajo
DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO Y FERIADOS
SE PONE EN CONOCIMIENTO A TODOS LOS COMPAÑEROS QUE EL DIA 26 DE SEPTIEMBRE DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO NO ES OBLIGATORIO CONCURRIR A TRABAJAR. Ley 26541-Exp.67/09
IMPORTANTE:
Todo empleado que optara por no trabajar el día 26 de septiembre y feriados que hay durante todo el año, de ninguna manera deberá sufrir descuentos del día o del presentismo. o ser objeto de sanción alguna, sufrir presiones o maltratos por parte del Gerente de la sucursal, auxiliares o encargados de sectores. Muchas veces la Empresa utiliza frases tales como:
“LA EMPRESA TE DA PRESTAMOS Y VALES SEMANALES”
“ES UN IDA Y VUELTA” (SON MÁS IDAS NUESTRA QUE LAS VUELTAS QUE RECIBIMOS”
“TODA NORMA QUE LA EMPRESA TRANSGREDA SERA DENUNCIADA ANTE EL SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO (S.E.C.L.A), MINISTERIO DE TRABAJO Y ORGANISMO COMPETENTE”
Cuerpo de Delegado
RICARDO VERA, ALEJANDRO AGUIRRE Y SOL SULLO
SE PONE EN CONOCIMIENTO A TODOS LOS COMPAÑEROS QUE EL DIA 26 DE SEPTIEMBRE DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO NO ES OBLIGATORIO CONCURRIR A TRABAJAR. Ley 26541-Exp.67/09
IMPORTANTE:
Todo empleado que optara por no trabajar el día 26 de septiembre y feriados que hay durante todo el año, de ninguna manera deberá sufrir descuentos del día o del presentismo. o ser objeto de sanción alguna, sufrir presiones o maltratos por parte del Gerente de la sucursal, auxiliares o encargados de sectores. Muchas veces la Empresa utiliza frases tales como:
“LA EMPRESA TE DA PRESTAMOS Y VALES SEMANALES”
“ES UN IDA Y VUELTA” (SON MÁS IDAS NUESTRA QUE LAS VUELTAS QUE RECIBIMOS”
“TODA NORMA QUE LA EMPRESA TRANSGREDA SERA DENUNCIADA ANTE EL SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO (S.E.C.L.A), MINISTERIO DE TRABAJO Y ORGANISMO COMPETENTE”
Cuerpo de Delegado
RICARDO VERA, ALEJANDRO AGUIRRE Y SOL SULLO
Nota para los trabajadores de Prodmobi
DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO Y FERIADOS
SE PONE EN CONOCIMIENTO A TODOS LOS COMPAÑEROS QUE EL DIA 26 DE SEPTIEMBRE DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO NO ES OBLIGATORIO CONCURRIR A TRABAJAR. Ley 26541-Exp.67/09
IMPORTANTE:
Todo empleado que optara por no trabajar el día 26 de septiembre y feriados que hay durante todo el año, de ninguna manera deberá sufrir descuentos del día o del presentismo. o ser objeto de sanción alguna, sufrir presiones o maltratos por parte de la Empresa, auxiliares o encargados de sectores. Muchas veces la Empresa utiliza frases tales como:
“La Empresa tiene las puertas abiertas”
“SI VENIS A TRABAJAR SE TE PAGARA LAS HORAS EXTRAS”
“APROVECHA Y GANATE UNOS MANGOS”
“TODA NORMA QUE LA EMPRESA TRANSGREDA SERA DENUNCIADA ANTE EL SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO (S.E.C.L.A), MINISTERIO DE TRABAJO Y ORGANISMO COMPETENTE”
Cuerpo de Delegado
FERNANDEZ EBER,
SE PONE EN CONOCIMIENTO A TODOS LOS COMPAÑEROS QUE EL DIA 26 DE SEPTIEMBRE DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO NO ES OBLIGATORIO CONCURRIR A TRABAJAR. Ley 26541-Exp.67/09
IMPORTANTE:
Todo empleado que optara por no trabajar el día 26 de septiembre y feriados que hay durante todo el año, de ninguna manera deberá sufrir descuentos del día o del presentismo. o ser objeto de sanción alguna, sufrir presiones o maltratos por parte de la Empresa, auxiliares o encargados de sectores. Muchas veces la Empresa utiliza frases tales como:
“La Empresa tiene las puertas abiertas”
“SI VENIS A TRABAJAR SE TE PAGARA LAS HORAS EXTRAS”
“APROVECHA Y GANATE UNOS MANGOS”
“TODA NORMA QUE LA EMPRESA TRANSGREDA SERA DENUNCIADA ANTE EL SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO (S.E.C.L.A), MINISTERIO DE TRABAJO Y ORGANISMO COMPETENTE”
Cuerpo de Delegado
FERNANDEZ EBER,
jueves, 22 de septiembre de 2011
SECLA: Agenda de las audiencias
22/09/2011 11:00hs. SECLA C/ G-SHOP S.A. “TIME-SHOP” CAUSALES: RETENCION DE TAREAS-DESPIDO ARBITRARIO Y CIERRE DEL STAND Expte. Nro. 21506-2313/11.
27/09/2011 10:00hs. EXPOSITO ALDANA LUCIA C/ SHULS S.R.L. “ONDA SHOP” CAUSALES: DESPIDO Expte. Nro. 21506-2328/11.
27/09/2011 11:00hs. GUTIERREZ SOFIA SOLEDAD C/ HARISMENDY GUILLERMO “ SWEET HOUSE” Expte. Nro. 21506-2327/11.
28/09/2011 10:00hs. SECLA C/ INC. S.A. “CARREFOUR”(Av. Pavon 299) CAUSALES: NEGATIVA DE INGRESO A LOS DELEGADOS DEL ESTABLECIMIENTO Expte. Nro. 21506-2556/11.
29/09/2011 10:00hs. SECLAC/ FRAVEGA S.A.C.I.e.I: CAUSALES: CAMBIOS DE CATEGORIA DE ACUERDO A TAREAS REALIZADAS.-QUE LOS VENDEDORES PUEDAN LLEVAR CONTROL DE LAS VTAS.-SUELDO BASICO MÁS COMISIÓN.-ADICIONAL POR GUARDERIA.- PAGO DIA DOMINGO TRABAJADOS.-MAL CATEGORIZACION DE LOS VENDEDORES.- PAGO JORNADA NOCTURNA. Expte. Nro. 21506-1464/11.
29/09/2011 11:00hs. RIVIGLIO CECILIA BELEN C/ AGUSANTIMARMA S.A. CAUSALES: DESPIDO (Relación laboral mal registrada/período de prueba) Extpe: Nro. 21506-2387/11.
MES OCTUBRE 2011
03/10/2011 10:00hs. CASTELLANO VERONICA C/ SHULS S.R.L. “ONDA SHOP” causales: despido (RELACIÓN LABORAL MAL REGISTRADA). Expte.Nro. 21506-2326/11.
11/10/2011 11:00HS. ROBLEDO MARTA ESTER C/ COTO CICSA CAUSALES: DIF. DE LIQ. FINAL Expte. Nro. 21506-2464/11.
11/10/2011 12:00hs. PRERYRA SABRINA DANIELA- LEDESMA CLARA MARINA – PEREZ WALTER GATON C/ GIUFRE EDGAR CAUSALES: DESPIDO Cierre de establecimiento) Expte. 21506-2863/11.
11/10/2011 13:00hs. PEREZLINDO PAMELA PATRICIA C/ DANNA STELLA MARIS CAUSALES: RELACION LABORAL MAL REGISTRADA-LIC. POR MATERNIDAD Expte. Nro. 215062462/11.
27/09/2011 10:00hs. EXPOSITO ALDANA LUCIA C/ SHULS S.R.L. “ONDA SHOP” CAUSALES: DESPIDO Expte. Nro. 21506-2328/11.
27/09/2011 11:00hs. GUTIERREZ SOFIA SOLEDAD C/ HARISMENDY GUILLERMO “ SWEET HOUSE” Expte. Nro. 21506-2327/11.
28/09/2011 10:00hs. SECLA C/ INC. S.A. “CARREFOUR”(Av. Pavon 299) CAUSALES: NEGATIVA DE INGRESO A LOS DELEGADOS DEL ESTABLECIMIENTO Expte. Nro. 21506-2556/11.
29/09/2011 10:00hs. SECLAC/ FRAVEGA S.A.C.I.e.I: CAUSALES: CAMBIOS DE CATEGORIA DE ACUERDO A TAREAS REALIZADAS.-QUE LOS VENDEDORES PUEDAN LLEVAR CONTROL DE LAS VTAS.-SUELDO BASICO MÁS COMISIÓN.-ADICIONAL POR GUARDERIA.- PAGO DIA DOMINGO TRABAJADOS.-MAL CATEGORIZACION DE LOS VENDEDORES.- PAGO JORNADA NOCTURNA. Expte. Nro. 21506-1464/11.
29/09/2011 11:00hs. RIVIGLIO CECILIA BELEN C/ AGUSANTIMARMA S.A. CAUSALES: DESPIDO (Relación laboral mal registrada/período de prueba) Extpe: Nro. 21506-2387/11.
MES OCTUBRE 2011
03/10/2011 10:00hs. CASTELLANO VERONICA C/ SHULS S.R.L. “ONDA SHOP” causales: despido (RELACIÓN LABORAL MAL REGISTRADA). Expte.Nro. 21506-2326/11.
11/10/2011 11:00HS. ROBLEDO MARTA ESTER C/ COTO CICSA CAUSALES: DIF. DE LIQ. FINAL Expte. Nro. 21506-2464/11.
11/10/2011 12:00hs. PRERYRA SABRINA DANIELA- LEDESMA CLARA MARINA – PEREZ WALTER GATON C/ GIUFRE EDGAR CAUSALES: DESPIDO Cierre de establecimiento) Expte. 21506-2863/11.
11/10/2011 13:00hs. PEREZLINDO PAMELA PATRICIA C/ DANNA STELLA MARIS CAUSALES: RELACION LABORAL MAL REGISTRADA-LIC. POR MATERNIDAD Expte. Nro. 215062462/11.
miércoles, 21 de septiembre de 2011
lunes, 19 de septiembre de 2011
jueves, 15 de septiembre de 2011
Inspecciones realizadas en Lanús y Avellaneda por SECLA
Empresa: VAM MAR S.A. “SAN REMO”
Domicilio: Av. 25 de Mayo 124
Localidad: Lanùs Oeste
Cuit: 30 -70794778-7
Motivo: no se paga bien antigüedad, los acuerdos, calificación de vendedora “A” a vendedora “B”, y no se entrega uniformes según C.C.T 130/75 Art. 66
Logros: la Empresa pago con retroactivo a Diciembre 2010 la antigüedad mal calculada, Acuerdo 06/2010, cambio de calificación de vendedora “A” a vendedora “B”, Art. 40, Sac, sac no remunerativo y entrega de uniforme según C.C.T 130/75 Art. 66
Empresa: MAMRUTT ALICIA, RAFAEL y CELIA
Domicilio: Av. Mitre 899
Localidad: Avellaneda
Cuit: 30-50050011-0
Motivo: No figura la antigüedad en el recibo, mal calculado el presentismo, se pidió el cambio de categoría de Maestranza “B” a vendedora “B” a empleada,
Logros: La Empresa pago con retroactivo a Diciembre 2010, la antigüedad al 1% por año laborado, arreglo del presentismo mal calculado y cambio de Categoría de Maestranza “B” a Vendedora “B” a la empleada.
Domicilio: Av. 25 de Mayo 124
Localidad: Lanùs Oeste
Cuit: 30 -70794778-7
Motivo: no se paga bien antigüedad, los acuerdos, calificación de vendedora “A” a vendedora “B”, y no se entrega uniformes según C.C.T 130/75 Art. 66
Logros: la Empresa pago con retroactivo a Diciembre 2010 la antigüedad mal calculada, Acuerdo 06/2010, cambio de calificación de vendedora “A” a vendedora “B”, Art. 40, Sac, sac no remunerativo y entrega de uniforme según C.C.T 130/75 Art. 66
Empresa: MAMRUTT ALICIA, RAFAEL y CELIA
Domicilio: Av. Mitre 899
Localidad: Avellaneda
Cuit: 30-50050011-0
Motivo: No figura la antigüedad en el recibo, mal calculado el presentismo, se pidió el cambio de categoría de Maestranza “B” a vendedora “B” a empleada,
Logros: La Empresa pago con retroactivo a Diciembre 2010, la antigüedad al 1% por año laborado, arreglo del presentismo mal calculado y cambio de Categoría de Maestranza “B” a Vendedora “B” a la empleada.
Elección en Fargo de Avellaneda: Candidatos
EMPRESA: Compañía DE Alimentos FARGO S.A.
Av. Guemes 964 - Avellaneda
Fecha de Elección: 16 de Septiembre de 2011-
Lista Celeste Nro. 01 Postulante:
GOMEZ FERNANDO ARIEL
Lista Celeste Nro. 02 Postulante:
MORENO NICOLAS MARCELO
Av. Guemes 964 - Avellaneda
Fecha de Elección: 16 de Septiembre de 2011-
Lista Celeste Nro. 01 Postulante:
GOMEZ FERNANDO ARIEL
Lista Celeste Nro. 02 Postulante:
MORENO NICOLAS MARCELO
ELECCIÓN EN PRODMOBI S.A.: CANDIDATOS DE LA LISTA 1 y 2
Av. H. Yrigoyen 673 - Avellaneda
Fecha de Elección: 16 de Septiembre de 2011-
Lista Celeste Nro. 01 Postulantes:
FERNANDEZ EBER CESAR
BUSTAMANTE JOSE ALBERTO
DOMINGUEZ DANIEL OSCAR
Lista Celeste Nro. 02 Postulante:
CORRO JULIO CESAR
YUANDARILLO EULOGIO GABRIEL
JALDIN JOSE RUBEN
Fecha de Elección: 16 de Septiembre de 2011-
Lista Celeste Nro. 01 Postulantes:
FERNANDEZ EBER CESAR
BUSTAMANTE JOSE ALBERTO
DOMINGUEZ DANIEL OSCAR
Lista Celeste Nro. 02 Postulante:
CORRO JULIO CESAR
YUANDARILLO EULOGIO GABRIEL
JALDIN JOSE RUBEN
Acuerdo entre SECLA y la Distribuidora A.M por diferencia salarial
Avellaneda, 15 de Septiembre de 2011
En el día de fecha se presenta en esta Entidad la Sra. Mariel Méndez .DNI.22.922.672 como representante de la Empresa Distribuidora A M. S.R.L., con domicilio legal en Zuluaga 561 Lanús Oeste, pcia. de Bs.As.
En presencia del Secretario Gremial Cro. Gustavo Fernández la parte Empresaria toma conocimiento que se ha producido una diferencia salarial con respecto a la aplicación de los rubros: Plus por producción, adicional por kilometraje, S.A.C. de la parte no remunerativa, Ajuste del 1% por año de antigüedad y diferencia en el pago de vacaciones. Ante tal planteo sindical, la Empresa Distribuidora A.M. S.R.L. manifiesta su voluntad de abonar todas las diferencias reclamadas por la parte sindical.
A saber que a partir de los haberes de Septiembre /2011 se abonará correctamente los rubros: art. 36 Adicional por Kilometraje., se abonaran correctamente los básicos conforme C.C.T 130/75, se reincorporará el rubro Plus por producción cuando corresponda (Según lo conversado oportunamente con los trabajadores). Asimismo la Empresa se compromete abonar todos los retroactivos por los rubros antes mencionados el día 15 de Octubre de 2011 en recibo aparte.
Asimismo se aclara que la diferencia de SAC. por los rubros no remunerativos fueron abonaron en recibo aparte en el Mes Enero/2011.
En prueba de conformidad se firman 3 ejemplares de un mismo tenor, para ser presentado ante autoridad Administrativa, Delegación Lanús.
En el día de fecha se presenta en esta Entidad la Sra. Mariel Méndez .DNI.22.922.672 como representante de la Empresa Distribuidora A M. S.R.L., con domicilio legal en Zuluaga 561 Lanús Oeste, pcia. de Bs.As.
En presencia del Secretario Gremial Cro. Gustavo Fernández la parte Empresaria toma conocimiento que se ha producido una diferencia salarial con respecto a la aplicación de los rubros: Plus por producción, adicional por kilometraje, S.A.C. de la parte no remunerativa, Ajuste del 1% por año de antigüedad y diferencia en el pago de vacaciones. Ante tal planteo sindical, la Empresa Distribuidora A.M. S.R.L. manifiesta su voluntad de abonar todas las diferencias reclamadas por la parte sindical.
A saber que a partir de los haberes de Septiembre /2011 se abonará correctamente los rubros: art. 36 Adicional por Kilometraje., se abonaran correctamente los básicos conforme C.C.T 130/75, se reincorporará el rubro Plus por producción cuando corresponda (Según lo conversado oportunamente con los trabajadores). Asimismo la Empresa se compromete abonar todos los retroactivos por los rubros antes mencionados el día 15 de Octubre de 2011 en recibo aparte.
Asimismo se aclara que la diferencia de SAC. por los rubros no remunerativos fueron abonaron en recibo aparte en el Mes Enero/2011.
En prueba de conformidad se firman 3 ejemplares de un mismo tenor, para ser presentado ante autoridad Administrativa, Delegación Lanús.
Empresa - Sindicato
miércoles, 14 de septiembre de 2011
miércoles, 7 de septiembre de 2011
Carrefour, a punto de cerrar la compra de la cadena de minimercados Eki
Ni Walmart ni un fondo inversor norteamericano del cual nunca trascendió su nombre fueron los elegidos para gerenciar a partir de octubre los 1550 trabajadores y los casi 180 locales que la cadena Eki posee en la Argentina. Finalmente, la disputa por esta marca está a punto de ser ganada por Carrefour.
Si bien hasta el viernes no trascendió la suma que la filial local del grupo francés ofertó a los dueños de Eki, fuentes cercanas a la operación admitieron que el deal está avanzado. También anticiparon que el desembarco de Carrefour en Eki podría concretarse durante este mes, si los últimos detalles de la negociación finalizan de manera exitosa. Fueron cerca de cuatro meses de negociaciones entre los ejecutivos de la cadena francesa y miembros de Nexus Partners, fondo inversor norteamericano que opera Eki en el país mediante la sociedad Formatos Eficientes S.A.
Durante ese período, también acercaron propuestas Walmart y un fondo de similar origen que finalmente quedaron descartadas. Si todo concluye como se espera, en breve habrá anuncio formal de Carrefour sobre el cierre de la transacción y también sobre los planes para Eki.
Si bien en la cadena prefirieron no hacer comentarios, fuentes del mercado estimaron que las posibilidades son solamente dos: una es mantener la operación bajo la misma bandera. La otra es convertir los locales Eki en sucursales de los Carrefour Express o Mini, los dos formatos con los cuales la marca francesa compite en el país en el segmento de los supermercados hard discount o de proximidad.
El año pasado, Carrefour sumó a los Express los nueve locales Best que adquirió a la cadena La Anónima.
Para el grupo francés, los locales de Eki les permitirían incrementar de manera acelerada sus planes de expansión en el segmento del hard discount.
En ese sector, pelea con marcas controladas por los grandes hipermercados como son Changomás, de Walmart; y los Día, que hasta el mes pasado también formaban parte del imperio Carrefour pero que fueron vendidos a nivel global con la colocación de gran parte de sus acciones en la bolsa.
También los supermercados chinos o de origen asiático dan pelea en este segmento.
Con la adquisición de Eki, Carrefour suma también locales de Leader Price. Se trata de la marca de proximidad desarrollada por el grupo francés Casino, que en diciembre del año pasado fue adquirida por Nexus Partners y fusionada con Eki, que actualmente genera una facturación de $ 900 millones anuales.
Mientras la operación se cerraba, los locales de Eki se iban quedando vacíos de mercadería y sus empleados trabajaban en medio de una fuerte incertidumbre sobre su futuro laboral.
Durante lo que va del año, Eki ha venido perdiendo market share frente a sus competidores y su situación financiera no sería de la mejor ya que dejó de pagarle a sus proveedores y abona los salarios en varias etapas.
Como consecuencia de esta realidad, varias empresas cortaron los suministros de productos y a principios de agosto el personal inició un paro por tiempo indeterminado.
La medida fue respaldada por el Sindicato de Choferes de Camiones que conduce Hugo Moyano que, además denunció el supuesto vaciamiento de la compañía, según informó en ese momento el dirigente gremial Gustavo Scelza a través de un comunicado de prensa.
Si bien hasta el viernes no trascendió la suma que la filial local del grupo francés ofertó a los dueños de Eki, fuentes cercanas a la operación admitieron que el deal está avanzado. También anticiparon que el desembarco de Carrefour en Eki podría concretarse durante este mes, si los últimos detalles de la negociación finalizan de manera exitosa. Fueron cerca de cuatro meses de negociaciones entre los ejecutivos de la cadena francesa y miembros de Nexus Partners, fondo inversor norteamericano que opera Eki en el país mediante la sociedad Formatos Eficientes S.A.
Durante ese período, también acercaron propuestas Walmart y un fondo de similar origen que finalmente quedaron descartadas. Si todo concluye como se espera, en breve habrá anuncio formal de Carrefour sobre el cierre de la transacción y también sobre los planes para Eki.
Si bien en la cadena prefirieron no hacer comentarios, fuentes del mercado estimaron que las posibilidades son solamente dos: una es mantener la operación bajo la misma bandera. La otra es convertir los locales Eki en sucursales de los Carrefour Express o Mini, los dos formatos con los cuales la marca francesa compite en el país en el segmento de los supermercados hard discount o de proximidad.
El año pasado, Carrefour sumó a los Express los nueve locales Best que adquirió a la cadena La Anónima.
Para el grupo francés, los locales de Eki les permitirían incrementar de manera acelerada sus planes de expansión en el segmento del hard discount.
En ese sector, pelea con marcas controladas por los grandes hipermercados como son Changomás, de Walmart; y los Día, que hasta el mes pasado también formaban parte del imperio Carrefour pero que fueron vendidos a nivel global con la colocación de gran parte de sus acciones en la bolsa.
También los supermercados chinos o de origen asiático dan pelea en este segmento.
Con la adquisición de Eki, Carrefour suma también locales de Leader Price. Se trata de la marca de proximidad desarrollada por el grupo francés Casino, que en diciembre del año pasado fue adquirida por Nexus Partners y fusionada con Eki, que actualmente genera una facturación de $ 900 millones anuales.
Mientras la operación se cerraba, los locales de Eki se iban quedando vacíos de mercadería y sus empleados trabajaban en medio de una fuerte incertidumbre sobre su futuro laboral.
Durante lo que va del año, Eki ha venido perdiendo market share frente a sus competidores y su situación financiera no sería de la mejor ya que dejó de pagarle a sus proveedores y abona los salarios en varias etapas.
Como consecuencia de esta realidad, varias empresas cortaron los suministros de productos y a principios de agosto el personal inició un paro por tiempo indeterminado.
La medida fue respaldada por el Sindicato de Choferes de Camiones que conduce Hugo Moyano que, además denunció el supuesto vaciamiento de la compañía, según informó en ese momento el dirigente gremial Gustavo Scelza a través de un comunicado de prensa.
El Cronista Comercial 06-09-11
Escala de los nuevos valores para la asignación familiar por hijo
Para sueldos de entre $100 a $2.800, la asignación es de 270 pesos.
Para salarios en el rango de $2.800 y $4.000, se ubica en 204 pesos.
Para aquellos que cobran entre $4.000 a $5.200, el monto es de 136 pesos.
En el caso del importe percibido por hijo con discapacidad, el esquema queda de la siguiente manera:
Para sueldos de entre $100 a $2.800, la asignación es de 1.080 pesos.
Para salarios de entre $2.800 y $4.000, se ubica en 810 pesos.
Para aquellos que cobran más de $4.000, el monto es de 540 pesos.
Para salarios en el rango de $2.800 y $4.000, se ubica en 204 pesos.
Para aquellos que cobran entre $4.000 a $5.200, el monto es de 136 pesos.
En el caso del importe percibido por hijo con discapacidad, el esquema queda de la siguiente manera:
Para sueldos de entre $100 a $2.800, la asignación es de 1.080 pesos.
Para salarios de entre $2.800 y $4.000, se ubica en 810 pesos.
Para aquellos que cobran más de $4.000, el monto es de 540 pesos.
Cristina anunció un aumento en las asignaciones familiares
Por cadena nacional, la Presidenta anunció hoy el incremento de Asignación Universal por Hijo. El aumento será de un 22,7 % y pasará de $ 220 a $ 270.
El incremento será del 22,7% y 3.591.565 niños y jóvenes pasarán a percibir de 220 a 270 pesos por mes. El Gobierno, que incrementó en la misma forma la Asignación para las embarazadas, destinará $11.824 al año por este programa. Por su parte, la asignación para discapacitados pasa de $ 880 a $ 1.080.
La Asignación Universal por Hijo (AUH) se lanzó a fines de 2009 y en ese momento, el beneficio era de $180 mensuales. A mediados del año pasado, el Gobierno la incrementó y el beneficio alcanzó los $220. A pesar de estos dos aumentos, el poder de compra de la AUH se fue deteriorando porque los productos que más aumentaron fueron los alimentos y bebidas, lo que más consumen los sectores más vulnerables.
Con un guiño a la CGT, Cristina también elevó el tope para el cobro de las asignaciones familiares y 138 mil trabajadores se incorporan a las asignaciones familiares. Hasta ahora, los que ganaban más de $4.800 no recibían. Ahora, los que perciban un sueldo bruto mensual de hasta $2.800 recibirán $270 por hijo, los que cobren entre 2.800 y 4.000 pesos 204 por hijo y los que estén entre los 4.800 y 5.200 pesos 136 pesos.
Cristina estuvo acompañada en el escenario por el ministro de Economía y su compañero de fórmula, Amado Boudou. El jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, el ministro del Interior, Florencio Randazzo, y el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, también estaban en el estrado.
El titular de la CGT, Hugo Moyano, el de la CTA, Hugo Yasky, la presidenta del Banco Central, Mercedes Marcó del Pont y el dirigente de la Cámpora Andrés "Cuervo" Larroque estaban en la primera fila del Salón de las Mujeres de la Casa de Gobierno.
Además, Cristina Fernández de Kirchner, reconoció que quedan "un 5% de niños sin cobertura social, número muy menor para América Latina".
El incremento será del 22,7% y 3.591.565 niños y jóvenes pasarán a percibir de 220 a 270 pesos por mes. El Gobierno, que incrementó en la misma forma la Asignación para las embarazadas, destinará $11.824 al año por este programa. Por su parte, la asignación para discapacitados pasa de $ 880 a $ 1.080.
La Asignación Universal por Hijo (AUH) se lanzó a fines de 2009 y en ese momento, el beneficio era de $180 mensuales. A mediados del año pasado, el Gobierno la incrementó y el beneficio alcanzó los $220. A pesar de estos dos aumentos, el poder de compra de la AUH se fue deteriorando porque los productos que más aumentaron fueron los alimentos y bebidas, lo que más consumen los sectores más vulnerables.
Con un guiño a la CGT, Cristina también elevó el tope para el cobro de las asignaciones familiares y 138 mil trabajadores se incorporan a las asignaciones familiares. Hasta ahora, los que ganaban más de $4.800 no recibían. Ahora, los que perciban un sueldo bruto mensual de hasta $2.800 recibirán $270 por hijo, los que cobren entre 2.800 y 4.000 pesos 204 por hijo y los que estén entre los 4.800 y 5.200 pesos 136 pesos.
Cristina estuvo acompañada en el escenario por el ministro de Economía y su compañero de fórmula, Amado Boudou. El jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, el ministro del Interior, Florencio Randazzo, y el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, también estaban en el estrado.
El titular de la CGT, Hugo Moyano, el de la CTA, Hugo Yasky, la presidenta del Banco Central, Mercedes Marcó del Pont y el dirigente de la Cámpora Andrés "Cuervo" Larroque estaban en la primera fila del Salón de las Mujeres de la Casa de Gobierno.
Además, Cristina Fernández de Kirchner, reconoció que quedan "un 5% de niños sin cobertura social, número muy menor para América Latina".
martes, 6 de septiembre de 2011
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