La mujer embarazada, una vez que se entera debe notificar a su empleador por modo fehaciente(telegrama) su embarazo y la fecha probable de parto, a partir de ahi tiene 7 meses y medio antes y siete meses y medio despúes de esa fecha probable de parto como protección. NO ES QUE NO LA PUEDEN DESPEDIR (debe cumplir su debito laboral si no tiene problemas de salud) SINO QUE EN EL CASO QUE LA DESPIDAN SE PRESUME QUE LA CAUSA ES EL EMBARAZO Y EN ESE CASO DEBE ABONARLE ADEMAS DE LA INDEMNIZACION POR ANTIGUEDAD 13 SUELDOS MAS.
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