jueves, 29 de julio de 2010

El SECLA logró servicio médico obligatario en establecimientos privados

(Diario EL VIGÍA) - El Consejo Deliberante de Avellaneda sancionó el día 23 de julio la ordenanza que establece que todo establecimiento privado de uso público con fines de lucro como Shopping, Paseos de Compras, Hipermercados (superficies mayores a 600m2), multicines, hoteles, estadios deportivos y todo otro centro recreativo de concurrencia masiva o contratado con capacidad tecnológica, deberán contar con un SERVICIO DE EMERGENCIAS MÉDICAS, propio o contratado, con capacidad tecnológica idónea para atender casos de importancia y emergencias. Así también se establece la obligatoriedad de capacitar en Resurrección Cardio Pulmonar, por lo menos al 25% de los empleados en cada turno.

Esta ordenanza impulsada por el Sindicato de Empleados de Comercio de Lanús y Avellaneda (SECLA), encabezado por su secretario general, Pedro Orlando Machado, fue presentada en el H.C.D por el concejal Alfredo Marchesi, miembro de la comisión directiva de SECLA, como una medida de prevención y resguardo de los empleados de comercio y el público en general ante una emergencia.

Esta medida, de gran impacto en los grandes centros comerciales de Avellaneda, viene a poner en norma y a prevenir complicaciones en una persona víctima de una emergencia, en la que cabe considerar, que las enfermedades cardio y cerebro vasculares constituyen la primera causa de muerte cuando se consideran todos los

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