A
Las Autoridades de
CENCOSUD S.A.
(easy)
Aut. Bs.As. – La Plata km. 09
Sarandi - Bs.As.
Como Secretario General del Sindicato Empleados de Comercio de Lanus–Avellaneda, junto con los delegados del establecimiento, hemos tomado conocimiento que personal de Ventas, habilita caja cuando hay afluencia de público, por ese motivo perciben el importe establecido por el art. 30 del C.C.T.130/75.
Este personal colabora y cobra “Plus de caja”, asimismo deben percibir también el importe acordado en acuerdo salarial Resolución 685/11 por valor anual de $3.840,00 denominado “Faltante de Caja”.
Es por ello que solicitamos se abone a todo el personal que cumple interinamente funciones de “cajeros/as” el importe antes mencionado.
Sin otro particular y a la espera de una pronta y satisfactoria respuesta, saludo a ud. Atte.
Las Autoridades de
CENCOSUD S.A.
(easy)
Aut. Bs.As. – La Plata km. 09
Sarandi - Bs.As.
Como Secretario General del Sindicato Empleados de Comercio de Lanus–Avellaneda, junto con los delegados del establecimiento, hemos tomado conocimiento que personal de Ventas, habilita caja cuando hay afluencia de público, por ese motivo perciben el importe establecido por el art. 30 del C.C.T.130/75.
Este personal colabora y cobra “Plus de caja”, asimismo deben percibir también el importe acordado en acuerdo salarial Resolución 685/11 por valor anual de $3.840,00 denominado “Faltante de Caja”.
Es por ello que solicitamos se abone a todo el personal que cumple interinamente funciones de “cajeros/as” el importe antes mencionado.
Sin otro particular y a la espera de una pronta y satisfactoria respuesta, saludo a ud. Atte.
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