lunes, 26 de octubre de 2009

ACTA DEL MINISTERIO: SECLA CONTRA INC

Cde. Expte. 21506- 19834/09
"En la ciudad de Sarandí a los 26 días de octubre de 2009, se presentan ante este Ministerio de Trabajo de la Pcia. Bs. As. Delegación Regional de Avellaneda, previamente citada ante mí, funcionario actuante, la parte trabajadora, SECLA, el señor FERNÁDEZ GUSTAVO Secretario de Asuntos Laborales del gremio y la Comisión Interna los señores PARED ALEJANDRO DNI 22.710.847, NUÑEZ JUAN JOSÉ DNI 30.957.085, RICARDO ALCIDES GABRIEL DNI 26.227.173, GOROSTIAGA HÉCTOR GABRIEL DNI 26.023.667 , por la parte empresaria, INC. S.A “CARREFOUR”, el DR RISTUCCIA CLAUDIO DNI 22.157.540 como apoderado de la firma, quien adjunta copia de poder en autos.
La parte empleadora manifiesta que: nos encontramos en tratativas conciliatorias, para lograr en avances de los puntos propuestos, por ello solicitamos se fije una nueva audiencia.
La parte trabajadora manifiesta que: ratifica su reclamo de fojas 1, asimismo dejamos constancia de las conversaciones realizadas, con la parte empresaria, en las que se había llegado a acordar algunos de los puntos propuestos, estos son:
Categorizar a los trabajadores del sector panadería, cocina, y carnicería como auxiliar especializado A.
Los recibos de sueldo tienen que especificar categorías, y tareas que realiza el trabajador.
El monto de compras, para el descuento, pasaría de $ 1000 a $ 1500.
Los trabajadores del salón pasaban de 36 a 48 horas semanales, a excepción de aquellos que quisieran continuar con las 36 horas semanales.
Para el cobro del incentivo a la colaboración, se incluía las licencias por enfermedad y por estudio, ya que hasta el momento por algunas de estas dos licencias el trabajador no cobraba este adicional.

También accedemos al pedido de nueva audiencia, pedido por la parte empresaria, y exigimos que en la próxima audiencia, que fije el ministerio, además venga personal con poder de decisión.

Se fija audiencia para el día 02 de noviembre de 2009, a las 12.45. Quedando ambas partes debidamente notificadas.

No siendo para más se cierra el acto firmando las partes, previa lectura íntegra de lo actuado, al pie conforme ante mí que certifico."

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