viernes, 12 de diciembre de 2008

CARTA DOCUMENTO A MEGATONE POR DESCUENTO INDEBIDO

"Me dirijo a usted en mi carácter de Secretario de Asuntos Laborales del SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE LANUS AVELLANEDA a fin comunicarle lo siguiente:

De la lectura de los recibos de sueldo del mes de noviembre del 2008 hemos comprobado que usted ha efectuado, del salario habitual de los dependientes de la empresa BAZAR AVENIDA S.A. (Megatone) la suma correspondiente a un rubro denominado de modo unilateral “ajuste premio gestión de stock”.
La deducción de tal rubro no resulta de las expresamente autorizadas en la ley de contrato de trabajo en su art. 131 y concordantes, en razón de la ausencia de expresa manifestación de voluntad de los trabajadores afectados
A su vez, el monto de la retención es violatorio de lo dispuesto en el art. 133 de la ley de contrato de trabajo
Esta doble violación a las normas legales citadas, las que gozan del status de orden publico laboral en la medida que tutelan el patrimonio del trabajador, hacen que deba intimar a usted a revea su actuación, devolver las sumas, con su correspondiente interés, y brindar a este sindicato las explicaciones del caso tanto la descripción del rubro como la causa de su débito"

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